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Boletin de Citaciones N° 17 Temporada 2018/2019

Este boletín fue publicado el Jueves, 14 de Marzo de 2019 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Viernes, 08 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 109

Referencia: Sport Club Cañada de Gómez Vs Atlético Tostado

Inculpado/s:

  1. Jugador N° 7 Correnti N (Lic. 883) del Club Atlético Tostado.

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber al inculpado Jugador N° 7 Correnti N (Lic. 883) del Club Atlético Tostado, que deberá cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas
Publiquese

Viernes, 08 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 110

Referencia: Club Atletico Tala Vs BH de Gualeguay

Inculpado/s:

  1. Jugador N° 8 Chale L. (Lic. N° 769) del Club Bh de Gualeguay

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.
    Art. 160 a)- Incurriere en agresión a Jueces, dentro del Campo de Juego; durante un Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber al inculpado Jugador Chale L. (Lic. N° 769) del Club Bh de Gualeguay, que se encuentra suspendido provisoriamente hasta la resolución del presente sumario conforme lo establece el Artículo 47 del Código de Penas
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 111

Referencia: San Martin de La Rioja vs. Nicolas Avellaneda de Tucuman

Inculpado/s:

  1. San Martin de La Rioja

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 112

Referencia: Hindu BBC de Catamarca vs. Juan B. Alberdi de Tucuman

Inculpado/s:

  1. Hindu BBC de Catamarca

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 113

Referencia: Nicolas Avellaneda de Sgo. del Estero vs. Talleres de Tafi Viejo

Inculpado/s:

  1. Nicolas Avellaneda de Sgo. del Estero

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 114

Referencia: Club Social y Deportivo de San Jose vs. BH de Gualeguay, Social y Deportivo San Jose vs. Olimpia de Parana y Social y Deportivo de San Jose vs. Central Entrerriano

Inculpado/s:

  1. Social y Deportivo de San Jose

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 115

Referencia: Pacifico de Neuquén vs. Ferrocarril Patagónico de Pto. Madryn, Pacifico de Neuquén vs. Union Alem Progresista de Allen y Pacifico de Neuquén vs. Independiente de Neuquén

Inculpado/s:

  1. Club Pacifico de Neuquén

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 116

Referencia: Cinco Saltos vs. Pacifico de Neuquen

Inculpado/s:

  1. Club Cinco Saltos

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 117

Referencia: Perfora de Plaza Huincul vs. Independiente de Neuquen

Inculpado/s:

  1. Club Social y Deportivo Perfora de Plaza Huincul

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 118

Referencia: El Tribuno de Salta vs. Belgrano Cultural y Deportivo de Tucuman

Inculpado/s:

  1. Club El Tribuno de Salta

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 119

Referencia: Club Sportivo Suardi vs. Sportivo Las Parejas

Inculpado/s:

  1. Club Sportivo Suardi

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Domingo, 03 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 120

Referencia: Municipalidad de Junin vs. Independiente de Oliva y Municipalidad de Junin vs. Jachal Basquetbol Club de San Juan

Inculpado/s:

  1. Municipalidad de Junin

Causa/s:

  1. Artículo 114 inciso h del Código de Penas; Artículo 48 del Reglamento (No carga de video en 24 Hs.)

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 121

Referencia: Club Juan B. Alberdi Vs Club Belgrano

Inculpado/s:

  1. Presidente del Club Juan B. Alberdi Cesar Ahumada

Causa/s:

  1. Art. 134 a)- Después de un partido faltare el respeto, provocare, insultare y tuviere actitudes incorrectas para con las Autoridades del Encuentro.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Jueves, 14 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 122

Referencia: Club Atlético Pilar Vs Club Argentino de Pergamino

Inculpado/s:

  1. Club Atlético Pilar

Causa/s:

  1. Art. 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

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