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Boletin de Citaciones N° 19 Temporada 2018/2019

Este boletín fue publicado el Jueves, 28 de Marzo de 2019 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Domingo, 24 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 132

Referencia: Club Nicolás Avellaneda de Tucumán Vs San Martin de La Rioja

Inculpado/s:

  1. 1: Jugador Decima L (Lic. 534) del Club Nicolás Avellaneda
  2. 2: Jugador Rodriguez N (Lic. 642) del Club Nicolás Avellaneda
  3. 3: Asistente Técnico Sr. Daniel Allende del Club Nicolás Avellaneda

Causa/s:

  1. 1. Art. 157 b)- Agrediere de hecho a un Jugador, dentro del Campo de Juego, durante el Partido
  2. 2: Art. 156 g)- Protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.
  3. 3: Art. 156 g)- Protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, después del mismo.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber a los inculpados Decima L (Lic. 534) y Rodriguez N (Lic. 642) del Club Nicolás Avellaneda, que deberán cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas

Domingo, 24 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 133

Referencia: Club Atalaya Vs Atlético Tostado

Inculpado/s:

  1. Club Atalaya

Causa/s:

  1. Art. 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Miércoles, 20 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 134

Referencia: Club Presidente Derqui Vs Zarate Basket

Inculpado/s:

  1. 1 : Club Zarate Basket
  2. 2: Club Presidente Derqui

Causa/s:

  1. 1: Art. 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido
  2. 2: Art. 115 g)- Sus simpatizantes arrojaren objetos al recinto de Juego, sin que con motivo de los mismos se altere el normal desarrollo del Encuentro.

SUMARIO
Cítese a las instituciones inculpadas a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 22 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 135

Referencia: Club Sportivo Escobar vs. Argentino de Pergamino

Inculpado/s:

  1. Club Sportivo Escobar

Causa/s:

  1. Art. 16.2 Reglamento del Torneo. Falta de efectivos policiales.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 22 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 136

Referencia: Sarmiento de Formosa VS Acción de Sáenz Peña

Inculpado/s:

  1. 1: Entrenador Roberto Martinez del Club Accion de Saenz Peña
  2. 2: Jugador N° 4 Sabaj Marcos del Club Sarmiento
  3. 3: Jugador N° 15 Torino M. del Club Acción de Saenz Peña
  4. 4: Dirigente Sabaj Armando del Club Sarmiento.

Causa/s:

  1. 1: Art. 155 c)- Fuere irrespetuoso con un Jugador en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, a la finalización del mismo.
  2. 2: Art. 155 c)- Fuere irrespetuoso con Personal Tecnico en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, a la finalización del mismo.
  3. 3: Art. 157 b)- Agrediere de hecho a un Jugador, dentro del Campo de Juego, después del Partido.
  4. 4: Art. 135 e)- Cometiere evidente tentativa de agresión.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber a los inculpados Sabaj Marcos del Club Sarmiento y Torino M. del Club Acción de Saenz Peña, que deberán cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas.
Por su parte se hace saber al Dirigente Sabaj Armando del Club Sarmiento que se encuentra suspendido provisoriamente hasta la resolución del presente conforme lo establece el Artículo 47 del Código de Penas.
Publíquese.

Domingo, 24 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 137

Referencia: Club Racing Club Vs Huracán de San Justo

Inculpado/s:

  1. Simpatizante visitante Sr. Malvicini

Causa/s:

  1. 1. Art. 138 b)- No guardare la debida consideración y respeto a las Autoridades.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
Es responsabilidad del Club Huracán de San Justo notificar al inculpado.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Domingo, 24 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 138

Referencia: Club Atlético Rosario del Tala Vs Olimpia de Paraná

Inculpado/s:

  1. Olimpia de Paraná

Causa/s:

  1. Art. 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, en grupos, produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 22 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 139

Referencia: Ramos Mejia VS River Plate

Inculpado/s:

  1. 1. Entrenador Roberto Santin del Club River Plate
  2. 2. Jugador Lopez Banegas F del Club Ramos Mejia
  3. 3. Jugador Pellegrino G del Club River Plate

Causa/s:

  1. 1 Art. 156 g)- Protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.
  2. 2. Art 155 e)- Fuere retirado del Campo de Juego por FOUL DESCALIFICADOR de acuerdo a lo especificado en las Reglas de Juego FIBA.
  3. 3. Art 155 e)- Fuere retirado del Campo de Juego por FOUL DESCALIFICADOR de acuerdo a lo especificado en las Reglas de Juego FIBA.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber a los inculpados Lopez Banegas F del Club Ramos Mejia y Pellegrino G del Club River Plate, que deberán cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas
Publíquese.

Domingo, 24 de Marzo de 2019.

Expediente Nº 140

Referencia: Club El Tribuno de Salta Vs Talleres de Tafi Viejo

Inculpado/s:

  1. Club El Tribuno de Salta

Causa/s:

  1. Art. 117 b)- Sus Asociados y/o Simpatizantes en grupos, produjeren desordenes y/o no acataren las disposiciones superiores sobre reglas de comportamiento

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publiquese

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

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