¿CÓMO CONTACTARNOS?

1 Utiliza los formularios web.
2 Por MP en nuestras redes.
3 Llamanos por teléfono

Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.

HORARIOS

Lun-Vie 9:00AM - 6:00PM

Comunicate por teléfono en este rango horario.

Boletin de Citaciones N° 23 Temporada 2019/2020

Este boletín fue publicado el Jueves, 12 de Marzo de 2020 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 126

Referencia: Racing Club vs Wilde Sporting

Inculpado/s:

  1. 1.- Jugador N° 11 Nicolas Gonzales del Club Wilde Sporting
  2. 2. Club Wilde Sporting
  3. 3. Club Wilde Sporting
  4. 4. Jugador N° 9 Esteban Camejo del Club Wilde Sporting

Causa/s:

  1. 1.-Articulo 156 g)- Ofendiere, protestare o fuere irrespetuoso con los Jueces
    en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido durante el mismo.
  2. 2. Articulo 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente, produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido
  3. 3. Articulo 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente, produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido
  4. 4.-Articulo 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido durante el mismo.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
En el caso de los Inculpados 2 y 3 deberá el Club Wilde Sporting proceder a su identificación aclarando si se trata de Dirigentes de la Institución.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Lunes, 09 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 127

Referencia: River Plate Vs Los Indios de Moreno

Inculpado/s:

  1. River Plate

Causa/s:

  1. Art. 13.5 Reglamento del Torneo. Banco de Sustitutos.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 128

Referencia: Atalaya vs Sportivo Las Parejas

Inculpado/s:

  1. Preparador Fisico Sr. George Santiago de Sportivo Las Parejas

Causa/s:

  1. Articulo 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha como consecuencia de su actuación en un Partido después del mismo.

SUMARIO
Cítese al inculpado a a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Domingo, 08 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 129

Referencia: Municipalidad de Junín Vs San Juan Basquet

Inculpado/s:

  1. Jugador N° 12 Uzair M. (Lic. 453 ) del Club San Juan Basquet

Causa/s:

  1. Articulo 157 b)- Agrediere de hecho a un Jugador dentro del Campo de Juego durante el Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber que el inculpado Jugador N° 12 Uzair M. (Lic. 453 ) del Club San Juan Basquet deberá cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas. Publíquese.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 130

Referencia: AMAD VS Sarmiento de Formosa

Inculpado/s:

  1. 1. Jugador N° 5 Insaurralde A. (Lic. 833) del Club AMAD
  2. 2. Jugador N° 9 Cerutti M. (Lic. 579) del Club AMAD

Causa/s:

  1. 1. Articulo 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido durante el mismo.
  2. 2. Articulo 156 i)- Cometiere tentativa de agresión de hecho a un Jugador del Equipo contrario, después del Partido en la Cancha.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 131

Referencia: Huracán de San Justo Vs Estudiantil Porteño

Inculpado/s:

  1. Huracán de San Justo

Causa/s:

  1. Art. 13.8 Reglamento del Torneo. Falta de Reloj Auxiliar. Art. 13.14 del Reglamento del Torneo. Falta de Lugares en mesa de Control.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 132

Referencia: Asociación Centenario Vs Club Cipolletti

Inculpado/s:

  1. Club Cipolletti

Causa/s:

  1. Articulo 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente, produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 133

Referencia: Sportivo Escobar Vs Zarate Basket

Inculpado/s:

  1. Sportivo Escobar

Causa/s:

  1. Articulo 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente, produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese

Viernes, 06 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 134

Referencia: All Boys Vs Pico Footbal Club

Inculpado/s:

  1. 1. Médico del Club All Boys Ariel Paladini
  2. 2. Dirigente de Pico Footbal Club Sr. Guillermo Rusconi

Causa/s:

  1. 1. Articulo 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido durante el mismo
  2. 2. Art. 134 a)- Durante un partido faltare el respeto, provocare, insultare y tuviere actitudes incorrectas para con las Autoridades del Encuentro.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Lunes, 09 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 135

Referencia: Union Abasto Vs Tucumán Basquet

Inculpado/s:

  1. 1. Sr. Julio Luna simpatizante del Club Tucumán Basquet

Causa/s:

  1. 1. Articulo 138 a)- Cometiere actos de incultura.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Domingo, 08 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 136

Referencia: Union Vecinal Vs Estudiantes de La Plata

Inculpado/s:

  1. 1. Jugador N° 15 Abadia Alejo del Club Unión Vecinal
  2. 2. Jugador N° 6 Moreira Pedro del Club Unión Vecinal
  3. 3. Asistente Tecnico Ruscitti Raul del Club Union Vecinal
  4. 4. Jugador N° 5 Vallejos Facundo del Club Estudiantes de La Plata
  5. 5. Jugador N° 8 Garcia Barucco Mateo del Club Estudiantes de La Plata
  6. 6. Jugador N° 12 Castro Michelle del Club Estudiantes de La Plata
  7. 7. Jugador N° 13 Ambrogetti Tobias del Club Estudiantes de La Plata
  8. 8. Jugador N° 14 Vallejos Lautaro del Club Estudiantes de La Plata

Causa/s:

  1. 1 a 8.) Art. 155 b)- Invadiere el rectángulo de Juego desde el banco, por cualquier motivo que fuere, durante el desarrollo del Partido.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Ricardo Nazer
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

INGRESE CON SU CUENTA PARA TENER ACCESO A MATERIAL DIFERENCIADO

CREAR CUENTA

OLVIDÓ SU CUENTA?

REALIZÁ UNA DENUNCIA

Accedé a nuestra Política de Transparencia, los valores estratégicos de gestión y el alcance de aplicación de nuestra organización.

La Confederación Argentina de Básquetbol tiene entre sus objetos la organización de la actividad. Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.

SUBIR