¿CÓMO CONTACTARNOS?

1 Utiliza los formularios web.
2 Por MP en nuestras redes.
3 Llamanos por teléfono

Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.

HORARIOS

Lun-Vie 9:00AM - 6:00PM

Comunicate por teléfono en este rango horario.

Boletin de Citaciones N° 4 Temporada 2018/2019

Este boletín fue publicado el Miércoles, 14 de Noviembre de 2018 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Viernes, 26 de Octubre de 2018.

Expediente Nº 14

Referencia: Club Lanús Vs Estudiantil Porteño

Inculpado/s:

  1. Club Lanus

Causa/s:

  1. ARTICULO 115º: a) Sus simpatizantes, en grupos generaren desordenes que no alteren el normal desarrollo del Encuentro.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).


Viernes, 09 de Noviembre de 2018.

Expediente Nº 15

Referencia: Atlético Bell vs Independiente de Oliva

Inculpado/s:

  1. Inculpado 1: Dirigente del Club Independiente Daniel Cesareti
  2. Inculpado 2: Entrenador del Club Atlético Bell Fernando Aguilar.

Causa/s:

  1. Causa 1: Art. 134 inc. a)- Durante un partido insultare y tuviere actitudes incorrectas para con las Autoridades del Encuentro.
  2. Causa 2 : Art. 156 inc. d)- Cometiere actos de incultura, dentro de la Cancha después de un Partido.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 09 de Noviembre de 2018.

Expediente Nº 16

Referencia: Cinco Saltos Vs Independiente

Inculpado/s:

  1. Simpatizante del Club Independiente Martin Lino

Causa/s:

  1. Art. 139 b)- Cometiere hechos que incitaren o provocaren desordenes.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Asimismo se hace saber al inculpado que se haya suspendido provisoriamente para concurrir a encuentros a disputarse en el marco de esta competición de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 47 del Código de Penas, dada la gravedad de los hechos acontecidos.
El cumplimiento de la suspensión provisoria aplicada queda a cargo del Club Independiente.

Viernes, 09 de Noviembre de 2018.

Expediente Nº 17

Referencia: Sportivo Escobar Vs Pte. Derqui

Inculpado/s:

  1. Club Presidente Derqui

Causa/s:

  1. Art. 115 a)- Sus simpatizantes en grupos generaren desordenes que no alteren el normal desarrollo del Encuentro.

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 09 de Noviembre de 2018.

Expediente Nº 18

Referencia: Sol de Mayo Vs Cinco Saltos

Inculpado/s:

  1. Club Sol de Mayo

Causa/s:

  1. Art. 52 del Reglamento del Torneo: Alojamiento de los Jueces

SUMARIO
Cítese a la institución inculpada a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

INGRESE CON SU CUENTA PARA TENER ACCESO A MATERIAL DIFERENCIADO

CREAR CUENTA

OLVIDÓ SU CUENTA?

REALIZÁ UNA DENUNCIA

Accedé a nuestra Política de Transparencia, los valores estratégicos de gestión y el alcance de aplicación de nuestra organización.

La Confederación Argentina de Básquetbol tiene entre sus objetos la organización de la actividad. Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.

SUBIR