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Boletin de Intimaciones N° 3 Temporada 2019/20 Libre Deuda

Este boletín fue publicado el Martes, 03 de Marzo de 2020 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 52

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Atlético Cinco Saltos

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 53

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club San Martin de La Rioja

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 54

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Sol de Mayo

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 55

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Nicolas Avellaneda

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 56

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Jachal Basquetbol

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 57

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Unión de Allen

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención; y vistas las deudas existentes, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Martes, 03 de Marzo de 2020.

Expediente Nº 58

Referencia: Libre Deuda TFB 2019/2020

Inculpado/s:

  1. Club Ferro Patagónico de Madryn

Causa/s:

  1. Reglamento del Torneo Federal, ANEXO III CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE MONTOS DINERARIOS DE LOS CONTRATOS, arts. 1° y 8°.

SUMARIO
Visto el informe presentado por la Asociación de Jugadores ante las Autoridades del Torneo, la que fuera derivada a este Tribunal para que tome intervención; y vistas las deudas existentes, cítese al inculpado a acreditar el libre deuda, convenio de pago y/o prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Publíquese.

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Ricardo Nazer
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

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