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Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.
El TFB Torneo Federal de Básquetbol es el torneo nacional de clubes organizado por Confederación Argentina de Básquetbol, la entidad madre del básquetbol argentino.
Montevideo 496 – Piso 9
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Tel. +54 11 4374 4665
[email protected]
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Atletico Pilar
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada Atlético Pilar para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Club Atlético Cinco Saltos
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Club Cipolletti
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Asociación Deportiva Centenario
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Club Pacifico
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Club GEPU
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Pico Football Club
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Olimpia de Parana
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Independiente de Oliva
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Sportivo Suardi
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Sarmiento de Resistencia
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: El Tribuno
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: La Unión Abasto
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
Lunes, 20 de Enero de 2020.
Referencia: Nicolas Avellaneda de Santiago del Estero
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento al informe de entidades con deuda recibido de las Autoridades del Torneo, el Honorable Tribunal de Disciplina Resuelve: Conforme lo establecido por el artículo 72 del Reglamento intímese a la institución inculpada para que en el término de Dos (2) Días hábiles abone el importe correspondiente con motivo de obligaciones dinerarias derivadas de la competencia Temporada 2019/2020. Todo ello bajo apercibimiento de disponer la suspensión provisoria de la afiliación. Hágase saber a la entidad inculpada que deberá consultar el detalle de la deuda con la Autoridad de Competencia y deberá acreditar el pago enviando comprobante a la casilla oficial del Honorable Tribunal de Disciplina ([email protected]). Se deja constancia que se ha procedido a abreviar el plazo otorgado considerando que las entidades han recibido requerimientos previos por parte de la Autoridad del Torneo y ante la proximidad de la reanudación del mismo. Publiquese
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La Confederación Argentina de Básquetbol tiene entre sus objetos la organización de la actividad. Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.