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El TFB Torneo Federal de Básquetbol es el torneo nacional de clubes organizado por Confederación Argentina de Básquetbol, la entidad madre del básquetbol argentino.
Montevideo 496 – Piso 9
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Tel. +54 11 4374 4665
[email protected]
Viernes, 25 de Enero de 2019.
Referencia: Union Vecinal Vs Pedro Echague
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que no se ha efectuado descargo, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1.- Aplicar al Sr. Miguel García, Secretario del Club Unión Vecinal la pena de suspensión por Cuarenta (40) días, multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
2.- Aplicar al Sr. Augusto García, Vicepresidente del Club Unión Vecinal la pena de suspensión por Cuarenta (40) días, multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
Viernes, 25 de Enero de 2019.
Referencia: Cipolletti Vs Cinco Saltos
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que el descargo presentado no aporta elementos que lo desvirtúen, si no que por el contrario reconocen la existencia de un hecho como el informado, pero haciendo una interpretación diferente a la del informe inicial, sin pruebas que le den sustento, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE: Aplicar al inculpado Intendente de Cancha Perez L. la pena de multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
Viernes, 25 de Enero de 2019.
Referencia: GEPU Vs Club Bell
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que el descargo presentado no aporta elementos que lo desvirtúen, si no que por el contrario reconocen la existencia de hechos como los informados, haciendo especial hincapié sobre la actuación de uno de los Jueces del encuentro que resulto ser también blanco de agraviaos por parte de los hinchas, queriendo dar una interpretación diferente a la del informe inicial, sin pruebas que le den sustento, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1. Aplicar al inculpado Cabello Sebastián la pena de multa de DOS (2) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
2. Aplicar a la institución inculpada la pena de multa de TRES (3) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
Domingo, 27 de Enero de 2019.
Referencia: Nicolás Avellaneda de Tucuman Vs El Tribuno
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que no se ha efectuado descargo, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE: Aplicar a la institución la pena de Amonestación y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
Domingo, 27 de Enero de 2019.
Referencia: Club Acción S. PeñaVs. San Martín de Curuzú Cuatia
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que el descargo presentado no aporta elementos que lo desvirtúen, si no que por el contrario reconocen la existencia de hechos como los informados entre la parcialidad local y el jugador inculpado, pero haciendo una interpretación diferente a la del informe inicial, sin pruebas que le den sustento, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1. Aplicar a la institución inculpada la pena de multa de TRES (3) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
2. Aplicar a la institución inculpada la pena de multa de TRES (3) AJC. Publíquese.
3. Aplicar al inculpado Diez Marcos la pena de multa de DOS (2) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Además debe cumplir con una fecha de suspensión conforme lo establece el Artículo 47 in fine del Código de Penas. Publíquese.
Viernes, 25 de Enero de 2019.
Referencia: Club Independiente Vs. Club Pacifico
Inculpado/s:
Causa/s:
SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que el descargo presentado no aporta elementos que lo desvirtúen, si no que por el contrario reconocen la existencia de un cruce de palabras entre los inculpados, pero haciendo una interpretación diferente a la del informe inicial, sin pruebas que le den sustento, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1. Aplicar al inculpado Asistente Manzano R (Lic 568) del Club Independiente la pena de multa de UN 1) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese.
2. Aplicar al inculpado Asistente Enrique Vicente (Lic 971) del Club Pacifico la pena de multa de UN 1) AJC y las costas de pesos seiscientos ($650). Publíquese. .
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La Confederación Argentina de Básquetbol tiene entre sus objetos la organización de la actividad. Si observaste o tomaste conocimiento de una irregularidad, podes realizar tu denuncia. Nuestro compromiso de gestión incluye mediar y analizar situaciones irregulares en el ejercicio y práctica de nuestro deporte.