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Boletin de Resoluciones N° 23 Temporada 2018/2019 (Suspension Provisoria)

Este boletín fue publicado el Martes, 23 de Abril de 2019 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Viernes, 19 de Abril de 2019.

Expediente Nº 155

Referencia: Club Bell Ville Vs Racing Club

Inculpado/s:

  1. 1: Jugador Garcia Federico (Lic. 861) del Racing Club
  2. 2: Club Atlético y Biblioteca Bell
  3. 3: Asistente Técnico Intonio Sebastián de Racing Club
  4. 4: Jugador Matias Barrionuevo (Lic. 598) de Racing Club
  5. 5: Jugador Zocchi Santiago (Lic. 295) de Racing Club
  6. 6: Jugador Camaño Fabricio (Lic. 938) de Racing Club
  7. 7: Jugador Alvarez Sebastián (Lic. 652) de Racing Club
  8. 8: Jugador Segón Maximiliano (Lic. 175) de Racing Club
  9. 9: Jugador Juan Pérez (Lic. 699) de Racing Club

Causa/s:

  1. 1: Art. 155 b) No guardare compostura debida (luego de salir del campo de juego al ser descalificado por dos faltas antideportivas).
  2. 2: Art. 117 b) Sus Asociados y/o Simpatizantes en grupo, produjeren desordenes y/o no acataren las disposiciones superiores sobre reglas de comportamiento (al momento de la salida del jugador García del campo de juego).
  3. 3: Art. 155 b) No guardare compostura debida (al acompañar al jugador García en su salida del campo de juego).
    Causas 4, 5 y 6; Art. 157 c) Hicieren abandono de la cancha sin permiso del Juez o Arbitro cuando se disputaba el partido (luego del primer tiro libre del jugador Joaquín Scolaro con motivo de la segunda falta antideportiva del jugador García para dirigirse al lugar del tumulto).
    Causas 7,8 y 9: Art. 155 b) No guardare compostura debida y/o invadiere el rectángulo de juego desde el banco de suplentes por cualquier motivo durante el desarrollo del partido (al dejar el banco de suplentes cruzar la cancha, salir de ella y dirigirse al lugar del tumulto).

SUMARIO
Téngase presente el descargo producido para el momento de emitir la resolución final del presente sumario. Por otro lado dado que no existe motivo para cambiar la medida preventiva de suspensión provisoria por un partido aplicada conforme a lo dispuesto por el Art. 46 del Codigo de Penas a los jugadores Matias Barrionuevo (Lic. 598), Santiago Zocchi (Lic. 295) y Fabricio Camaño (Lic. 938), se la ratifica dejándose constancia que este es el criterio del HTD, siendo que similar decisión se adoptó en el Expediente N° 154 de reciente data respecto al jugador Iglesias R. del Club Sportivo Las Parejas. Publíquese.

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

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