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La Federación Pampeana de Básquet aprobó su estatuto y es la primera del país en adecuarlo a la CAB

Miércoles, 02 de Marzo de 2022 / Publicado en Institucionales, Federaciones, Federación Pampeana de Básquet
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En la sede de Ferro Carril Oeste de General Pico se llevó adelante la Asamblea Extraordinaria de FEPAMBA (Federación Pampeana de Básquet) y allí, con el voto unánime de todos los clubes que la componen, se aprobó el nuevo estatuto.

Este flamante estatuto va de la mano con el que ya había presentado la Confederación Argentina de Básquet (CAB) de acuerdo a la normativa FIBA ONE. De esta manera, FEPAMBA se convierte en la primera federación del país en dar este paso. El encuentro mixto contó, además, con la presencia de Andrés Gil Domínguez, asesor legal de la CAB.

“Es un paso importante para nuestro funcionamiento, en lo administrativo y la gestión. Dejamos atrás un estatuto obsoleto que no era de utilidad. Es un paso más también en la consolidación del trabajo y en la búsqueda continua de hacer las cosas bien por el básquet de la provincia”, destacó Germán Ordóñez, presidente de FEPAMBA.

Y agregó: “Ser la primera provincia en tener el nuevo estatuto adecuado es muy valioso y nos reconforta. Venimos haciendo un gran trabajo de reorganización con programas de tecnificación y masificación, apoyando al minibásquet, a la liga de desarrollo y al básquet femenino. Todo eso apuntalado por el acompañamiento de la CAB. Hay un gran equipo de trabajo que permite que las cosas se puedan lograr”.

A través del modelo FIBA ONE, el estatuto CAB adquirió fuerza normativa y aplicación directa a todas las instancias basquetbolísticas. Contó con cuatro revisiones por parte del área legales de FIBA, una amplia discusión de todas las federaciones con debate interno y una serie de reuniones explicativas e interactivas por todo el país.

Algunos de los puntos más destacados son:

• El derecho a la no discriminación.
• El interés superior del niño, niña y adolescente.
• La neutralidad política e ideológica.
• Acciones positivas para personas con discapacidad.
• Acciones positivas de igualdad de género en todos los órganos.
• Prevención, erradicación y sanción de la violencia de género en los términos previstos por la ley 26.485.
• Protección de los datos personales aplicando la normativa nacional vigente.
• Promoción de políticas transparentes y éticas.
• Garantizar el acceso a la información.
• Garantizar el pluralismo, la libertad de expresión y la democracia interna.
• Promoción de una gestión profesional basada en la innovación tecnológica y la excelencia.
• Aplicación de las normas antidopajes establecidos por la ley 26.912 y las normas que en dicha materia se dicten.
• Tribunal de Derecho de Formación, aplicando la ley 27.211.
• Tribunal Arbitral de Básquet.
• Doble instancia disciplinaria.
• Habilitación de formas digitales para la realización de Asambleas, reuniones de Consejo y Mesa Directiva
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